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Terminar con el Seguro.


El contrato de seguro tiene una duración anual generalmente. Esto significa que no se podrá romper el contrato hasta pasado un año, salvo que el riesgo desaparezca (ej: se venda la casa) u ocurra el siniestro.

Entonces, para terminar con un contrato de seguro, deberemos oponernos a la renovación del contrato, notificándolo por escrito a la compañía de seguros con una anticipación de más 2 meses a la renovación del contrato, según la Ley Contrato de Seguro (art. 22).

¿Qué situaciones se dan en la realidad?

a) La mayoría de los asegurados desconocen de que tienen la obligación de avisar con tanta antelación, sin embargo las compañías “en general” no ponen problemas a la hora de rescindir la póliza cuando el cliente lo solicite con menos de 2 meses de antelación, a pesar de que pueden negarse “por Ley”.

b) Por otra parte, generalmente las empresas envían una carta preventiva de anulación con más de 2 meses de antelación a la conclusión, con la finalidad de mejorar “la tarifa” o “las condiciones contractuales”, al obtener cotizaciones de las distintas compañías (como cuando cambiamos de móvil con nuestra compañía).

c) Las compañías, en caso de que quieran rescindir la póliza, envían una Carta de Anulación Certificada, siempre con 2 meses de antelación, de modo que se aseguran que el documento ha llegado al domicilio del cliente. Sin embargo, que llegue al domicilio del cliente, no significa que el cliente se haya enterado. A raíz de aqui, surgen discusiones entre aseguradora y cliente, cuando se produce un siniestro tras la no renovación del contrato.

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