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Valenbisi: Seguro para los ciclistas.


Como en muchas otras ciudades que están apostando por fomentar el uso de la bicicleta, sin embargo por diversos motivos se están generando en muchos accidentes y problemas con el resto de usuarios (peatones, conductores…).

Resulta que en Valencia, Valencia en Bici, uno de los colectivos mayoritarios de las dos ruedas en la ciudad de Valencia, aplaudió la propuesta del Ayuntamiento de ofrecer un seguro de Responsabilidad Civil con una pequeña cobertura de accidentes a un precio aproximado de 10 € para todos los usuarios que utilicen Valenbisi , según publica Las Provincias.

El colectivo también solicita que se les ofrezca la posibilidad de contratarlo a los demás usuarios que circulen en bicicleta.

¿Qué cubre el seguro?

El nuevo seguro ofrecería la posibilidad de tener cubierto el atropello a un peatón o cualquier daño a otros que pueda ocasionar el ciclista, como por ejemplo, la rotura de un retrovisor del coche. Además del daño material o físico a terceros, también cubre el daño físico propio que se pueda sufrir el ciclista en caso de accidente, como una caída.

Lo curioso, es que el colectivo va más allá y considera que esta propuesta se queda corta en una ciudad con 103.000 abonados y una media de una bicicleta por vivienda: “Es necesario que todo el mundo que sale a la calle con una bicicleta lo haga con un seguro obligatorio”.

Respuesta del Ayuntamiento

Ante esta petición, el concejal de Tráfico, Alfonso Novo, matizó que en la propuesta que pondrán en marcha el próximo año están barajando la posibilidad de que el resto de usuarios puedan acogerse a la póliza que ofrecerá Valenbisi.

Pero lo que el concejal de Tráfico no considera responsabilidad municipal es la de obligar a los ciclistas a circular con un seguro.

«No podemos forzar a cada ciudadano, debe ser una decisión de ellos porque es posible que hayan decidido contratar un seguro con otra compañía. Es una cuestión muy personal. Por tanto, será una medida opcional, aunque no obstante, los usuarios deben saber que si tienen un accidente deben asumir los costes del accidente si carecen de póliza».

Expertoseguros

El Seguro Decenal: ¿qué cubre?


¿Qué cubre un seguro decenal? ¿Existe obligación de contratarlo?

Según la LOE (Ley de Ordenación de la Vivienda), será exigible a todos aquellos que hayan intervenido en el proceso de edificación (artículo 17):

-Durante diez años: Los daños causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, etc que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del edificio. Existe la obligación de contratar un seguro decenal.


-Durante tres años: Se subsanarán los defectos que no permitan una habitabilidad en condiciones .

-Durante un año: Los daños que se produzcan en los elementos de acabado o de terminación de la obra.

Por tanto, el seguro decenal

es el que garantiza durante un periodo de diez años todos los daños producidos por vicios o defectos de la construcción, y que afectan de manera directa a la resistencia del edificio.

Por ejemplo no se cubriría:

- Ni la tela asfáltica ni ninguna otra impermeabilización está cubierta por el seguro decenal de daños (SDD).

- Ni siquiera cubre rajas en los tabiques si son debidas a la deformación normal de las vigas.

El promotor es el tomador del seguro (quien paga el seguro) y está obligado por ley a suscribir el seguro decenal. De igual forma, el propio promotor es el asegurado. Tras la venta de la vivienda sus compradores se convierten en los beneficiarios del seguro.

Según la Exposición de Motivos de la presente Ley, posteriormente, y por Real Decreto, teniendo en cuenta las circunstancias del sector de la edificación y del sector asegurador, podrá establecerse la obligatoriedad de las demás garantías, es decir, del seguro de tres años que cubre los daños causados en los elementos constructivos o en las instalaciones que afecten a la habitabilidad o seguro trienal, y del seguro de un año que cubre los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.

Todos estos temas están recogidos en la Ley de Ordenación de la Edificación.

http://civil.udg.edu/normacivil/estatal/contract/loedif.htm

Expertoseguros

Zurich amplía la cobertura de RC para transportistas.


La compañía de seguros Zurich ha lanzado un nuevo seguro denominado: `Zurich Responsabilidad Civil Transportistas´, intentando adaptarse a las necesidades del transportista.

Se trata de un seguro diseñado para agencias de transportes y transportistas que asegura la mercancía frente a improvistos que  pueda tener el camión o furgoneta desde que recibe la mercancía gasta que se entrega al  cliente. De hecho, como ya comenté en un artículo anterior, este tipo de cobertura lo tienen los barcos de pesca desde hace muchos años, con el ánimo de cubrir la pérdida de las capturas por un fallo del congelador en alta mar.

Este producto es complementario al RC Transporte, dirigido al comprador o vendedor y que ofrece coberturas terrestres, marítimas y aéreas, desde la más básica hasta la  más amplia, ofreciendo coberturas centradas en el transporte terrestre (RC contractual por  daños a las mercancías en tránsito nacional e internacional).

Respecto a este seguro, mi compañero Gregorio Horga ha publicado algún artículo y así como otro sobre la situación del sector del transporte y los seguros de transporte de mercancia por carretera.

Reflexión: Las compañías de seguros deben analizar continuamente las necesidades de sus clientes, con el ánimo de cubrirles de aquellos riesgos que puedan poner en peligro su negocio, a través de una prima competitiva.

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