Publicado por Adrian Couceiro - 22/02/10 a las 07:02:22 am
¿Qué es la inmunización?
Las compañías de seguros, con el ánimo de obtener mayores beneficios se ven obligadas a invertir “las primas de seguros” en los mercados financieros para obtener una rentabilidad financiera.
Para controlar en gran medida el “Riesgo de liquidez” y “de tipos de interés” de sus inversiones tienen que buscar “fórmulas” para garantizar que pueden hacer frente a sus obligaciones con los asegurados.
Existen 2 maneras: Casamiento de flujos (Cash-flow Matching) y Duraciones
(igualando la duración modificada de activo y pasivo).

La inmunización por Casamiento de Flujos.
En sus orígenes, la Inmunización se realizaba reproduciendo los flujos esperados del pasivo con los flujos de cobro de las inversiones, mediante la adquisición de una cartera de activos idóneos por parte de la compañía. Actualmente este modelo ya no se utiliza por el mercado dada la dificultad práctica de encontrar la cartera de bonos adecuada.

En un segundo modelo, la entidad aseguradora firma con una entidad financiera (generalmente bancaria) un contrato de asset-swap[1], en virtud del cual, la entidad financiera garantiza el pago a la entidad de seguros de los flujos actuariales del pasivo esperados, a cambio del compromiso por parte de la aseguradora de abonar a la entidad bancaria unos flujos cuya cuantía coincide con los flujos de los activos en los que la aseguradora haya invertido la prima. No obstante el compromiso de pago de la entidad aseguradora ante la entidad de crédito por razón del asset-swap es independiente y no se reduce si se produjese un fallido en cualquiera de los que posee la compañía de seguros. En este caso desaparece el riesgo de liquidez para la compañía de seguros, pero por otra parte, se mantiene el riesgo de crédito de la cartera, pues en caso de que un activo fallase, la aseguradora tendría que hacer frente al pago del flujo previsto a la entidad de crédito.
Publicado por Adrian Couceiro - 22/02/10 a las 06:02:42 am
El asset-swap es un contrato que puede cambiar de signo (deudor o acreedor) varias veces a lo largo de su duración.

[1] Contrato de swap: Este concepto es distinto del otorgado comúnmente en el mundo financiero al swap, pues este se refiere a un compromiso de intercambio de pagos en el que una parte recibe un tipo fijo a cambio de pagar a la otra un tipo variable referenciado a uno o varios índices.
Por ello, durante los períodos en los que el asset-swap tiene saldo favorable a la entidad bancaria, (la aseguradora es deudora ante la entidad de crédito), la entidad de crédito soporta el riesgo de crédito de la aseguradora, que suele ser mayor que el de algunos de los bonos emitidos en los mercados financieros.

Dado que la entidad financiera estaba asumiendo el riesgo de crédito asociado a la compañía de seguros en los períodos del swap antes descritos, hoy en día se ha generalizado un tercer modelo, instrumentado en torno a la figura de la Special Purpose Vehicle[2](conocida como S.P.V. o entidad de propósito único), entidades patrimonialmente separadas que se suelen constituir exclusivamente para cada operación de inmunización o conjunto de las mismas. La principal ventaja de este método está en que la entidad financiera sólo asume el riesgo de crédito de los Bonos, cuya valoración estará comprendida entre A, AA y AAA. Es la SPV la que ‘entra’ en el asset-swap que antes efectuaba la entidad aseguradora con la entidad financiera. La entidad aseguradora se limita a comprar el activo emitido por la S.P.V., el cual puede emitirse bajo diversas configuraciones. Si se produce algún fallido en algún bono, la entidad de crédito se resarce directamente a través del asset-swap.

[2] Special Purpose Vehicle: entidad con un propósito único, patrimonio separado y personalidad diferenciada. Será creada por la entidad financiera que sirve de contraparte del asset-swap para llevar a cabo una inmunización en concreto. Son muy utilizadas en la Banca para titulizar créditos. Desde el punto de vista económico, es idéntico a un Depósito fiduciario, pero desde el punto de vista jurídico, este último no goza de personalidad jurídica propia respecto al Banco. En España no está permitido este tipo de inversión.
VIA / Elaboración propia.
Publicado por Adrian Couceiro - 30/09/09 a las 11:09:10 pm
Cuando la compañía de seguros recibe las primas de sus asegurados, las invierte en los mercados financieros para obtener de ellas una rentabilidad. Es lo que se conoce cómo el Resultado Financiero de la compañía.
Sin embargo, para que la compañía tenga liquidez en todo momento para pagar los siniestros, existe una serie de personas encargadas de gestionar el flujo de dinero de las inversiones y de las obligaciones con los asegurados. Es lo que se conoce como ALM (Asset Liability Management).
Con el perfeccionamiento de esta técnica, encontramos que la legislación le permite a una compañia diseñar un Seguro de Vida garantizando un tipo de interés superior al legal. Permite ofrecerle al cliente una mayor rentabilidad. ¿Pero esto como se consigue?
Mediante la Inmunización por Casamiento de Flujos.
En sus orígenes, la Inmunización se realizaba reproduciendo los flujos esperados del Pasivo con los flujos de cobro de las inversiones, mediante la adquisición de una cartera de activos idóneos por parte de la compañía. Actualmente este modelo ya no se utiliza por el mercado dada la dificultad práctica de encontrar la cartera de bonos adecuada.
Entonces la compañía aseguradora decide firmar un contrato asset-swap con una entidad financiera, en virtud del cual, la entidad financiera garantiza el pago a la entidad de seguros de los flujos actuariales del pasivo esperados (las indemnizaciones a los asegurados), a cambio del compromiso por parte de la aseguradora de abonarle unos flujos cuya cuantía coincide con los flujos de los activos en los que la aseguradora haya invertido la prima.

El asset-swap es un contrato que puede cambiar de signo (deudor o acreedor) varias veces a lo largo de su duración.

Por ello, durante los períodos en los que el asset-swap tiene saldo favorable a la entidad bancaria (la aseguradora es deudora ante la entidad de crédito), la entidad de crédito soporta el riesgo de crédito de la aseguradora, que suele ser mayor que el de algunos de los bonos emitidos en los mercados financieros.
Por esta razón, para firmar un swap la compañía de seguros debe pagar un precio, para compensar a la entidad financiera el servicio prestado y el riesgo de crédito soportado de la propia aseguradora.
Esta es una muestra de cómo un contrato swap ha servido para beneficiar al consumidor, pues ha permitido a las aseguradoras ofrecer Seguros de Vida con un tipo de interés garantizado mayor al tipo de interés legal.
Pd: Quiero dedicar este artículo a Ángel del Amo, a Carlos Lluch y a Francisco Elvira, porque gracias a sus blogs aportan transparencia y mejoran la imagen del sector.
En sus orígenes, la Inmunización se realizaba reproduciendo los flujos esperados del pasivo con los flujos de cobro de las inversiones, mediante la adquisición de una cartera de activos idóneos por parte de la compañía. Actualmente este modelo ya no se utiliza por el mercado dada la dificultad práctica de encontrar la cartera de bonos adecuada