Toda Asociación de Padres de Alumnos de cualquier colegio concertado o privado, debería saber que si el colegio les ofrece un Seguro Escolar a los padres:

1- Se cubre los gastos que supongan el resto de cursos, por Fallecimiento y también se puede cubrir la Invalidez Permanente para desempeñar todo trabajo (Absoluta). Es decir, que no puede ejercer ningún tipo de profesión.
En el mercado no es muy normal que se cubra una Invalidez Permanente para su trabajo habitual (Total), puesto que es 2,5 veces más cara que la Invalidez Absoluta.
Es decir, si usted trabaja en una empresa como comercial y tiene un accidente y no puede seguir ejerciendo ese puesto pero sí otro (ej: administrativo), tendrá una Invalidez Permanente Total, pero no una Invalidez Permanente Absoluta.
2- Los S. Escolares pueden ser de 3 tipos:
a) Que se asegure la muerte y la invalidez absoluta del padre únicamente.
b) Que se asegure la muerte y la invalidez absoluta del padre o de la madre.
c) Que se asegure la muerte y la invalidez absoluta del padre u de la madre simultáneamente: en caso de que sólo sea de uno de ellos, no se pagará el capital.
3- Importante: dado que el número de padres y madres asegurados en un colegio es muy grande, se da Participación en Beneficios. Eso quiere decir que se le devuelve al colegio parte de la prima que ha pagado.
% de devolución en función del nº de asegurados x ( 85% de la Prima Comercial – Siniestralidad )
Aquí hay un dilema…
¿Informa el Colegio a los padres de la parte de la prima que devuelve la compañía de seguros al colegio, por buena siniestralidad?
¿Tiene la obligación de informarles o realmente es lícito que se quede ese dinero como modo de financiación de otras actividades?
Cotiza en ExpertoSeguros
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Buen post!!!!!!
Comentar por jaumet — 8 julio, 2010 #
Muchas gracias, jaumet!!
En tu blog, disfruto leyendo tus artículos!
Un saludo
Comentar por Adrian Couceiro — 9 julio, 2010 #