Archivo por categorial: Seguro de Salud
Escrito por Adrian Couceiro el 18 diciembre, 2011
El sistema sanitario público español esta pasando por momentos duros para seguir financiándose, por ello esta en los medios el debate político de la privatización de parte de la sanidad.
Desde los partidos políticos, se propone cada vez con más fuerza los seguros privados como medida para desahogar el gasto sanitario. Algunos ejemplos:

El 5/7/2011 salió publicado en el País el siguiente artículo:
El PP propone desgravaciones fiscales para los seguros privados de salud.
En este sentido, el IDIS (Instituto para el desarrollo e integración de la Sanidad), entidad que representa al sector sanitario privado, esta realizando una auténtica campaña de recogida de firmas a favor de las desgravaciones fiscales a la contratación de seguros privados de salud.
A juicio de Fernando Mugarza, director de Desarrollo Corporativo del IDIS, un incentivo fiscal de un 15% para las rentas inferiores a 30.000 euros en la contratación de seguros sanitarios facilitaría un crecimiento de hasta el 15% en el número de asegurados, alrededor de un millón de personas, que saldrían de manera voluntaria del sistema, total o parcialmente, lo que generaría un ahorro de hasta 1.500 millones.
El 30/11/2011 salió publicado en ese mismo periódico:
Cataluña planteará a Rajoy implantar un seguro sanitario privado obligatorio.
Sin embargo, muchos esgrimen que a las familias españolas le saldrá más caro pagar una sanidad privada que una sanidad pública.
El 18/12/2011 por la Nueva Tribuna:
La privatización de la Sanidad Pública, ¿qué significa?
Expertoseguros
Escrito por Adrian Couceiro el 25 octubre, 2011
Tanto en los seguros de vida individuales como en la práctica totalidad de los contratos de seguros celebrados a distancia (celebrados por internet o por teléfono), se nos reconoce la posibilidad de que
- en un plazo de 14 días para los seguros no vida: S. de coche, S. de salud, S. de desempleo…
- 30 días para S. de vida,
decidir no seguir adelante con la ejecución del contrato.
Esta posibilidad se reconoce igualmente a quienes adquieren un objeto que estaba asegurado por su anterior propietario y en determinados supuestos de disminución del riesgo asegurado,
Se reconoce a los tomadores (quien paga el seguro) el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna siempre que:

- La voluntad de desistir se envíe al asegurador, en papel u otro soporte duradero, en un plazo de 14 días (no vida) o 30 días (vida), a contar desde que se notifique al tomador que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese posterior.
- NO se trate de contratos en los que el tomador asume el riesgo de la inversión o en los que la rentabilidad dependa de la evolución de las inversiones asignadas a los mismos (seguros unit-linked).
- No se trate de seguros de viaje o equipaje de duración inferior a un mes.
- No se trate de seguros de duración inferior al plazo previsto para desistir.
- No se trate de seguros obligatorios para el tomador: seguro de responsabilidad civil del automóvil, seguro del cazador, seguro de incendios para el hogar que esté bajo una hipoteca…
- No se trate de planes de previsión asegurados (contratos de seguro de vida con idéntico funcionamiento y finalidad que los planes de pensiones).
En caso de llevarse a cabo el derecho de desistimiento, hay que pagar a la compañía aseguradora la parte de prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor (los días transcurridos desde la perfección del contrato hasta la fecha en que se notifica el desistimiento).
El plazo para liquidar esta cantidad es, como máximo, de treinta días naturales desde que se notifica el desistimiento.
Ahora bien, si el asegurador no hubiese informado al tomador de la existencia del derecho de desistimiento, o si hubiese comenzado a ejecutar el contrato sin haberlo solicitado el tomador, el tomador no estará obligado a pagar la cantidad a la que hemos hecho referencia anteriormente.
En cualquier caso, para dar de baja el seguro en la siguiente renovación, se debe de notificar por escrito a la aseguradora con más de 2 meses de antelación.
Fuente: Artículo 19 y 11 de la Ley 22/2007 (sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores).
Expertoseguros
Publicado: 25 octubre, 2011
Categorias: Seguro de Asistencia en Viajes, Seguro de Comunidades, Seguro de Crédito, Seguro de Decesos, Seguro de Hogar, Seguro de Protección de Pagos, Seguro de RC, Seguro de Salud, Seguro de Vida, Seguro de coche, Seguro de viajes, Uncategorized
Etiquetas: Etiquetas: dar de baja, derechos, internet, seguro, teléfono
Escrito por Adrian Couceiro el 25 julio, 2011
La Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid (Famma-Cocemfe Madrid) ha denunciado que las compañías aseguradoras siguen discriminando a los ciudadanos con discapacidad, a pesar de que la legislación española no se lo permite.

En concreto, la federación reclama en un comunicado que las personas con discapacidad se encuentran todavía con trabas y obstáculos a la hora de contratar un seguro médico privado que cubra los gastos derivados de su problema, pese a que se trata de una práctica que contradice lo establecido en la legislación vigente en España y lo recogido también en la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En virtud de esta normativa, se prohíbe la discriminación de los ciudadanos con discapacidad en la contratación de todo tipo de bienes y servicios, con particular énfasis en los seguros para que no se les pueda denegar este servicio o imponer condiciones más gravosas que al resto de la población.

Desde Famma se asegura que “la discriminación sigue existiendo y que las dificultades y exclusiones están a la orden del día en todas las aseguradoras consultadas, a excepción de Sanitas”.
En concreto la federación, tras realizar numerosas llamadas telefónicas, se ha encontrado con que “las aseguradoras excluyen de todas sus modalidades de póliza cualquier tipo de discapacidad, y se niegan a cubrir cualquier preexistencia surgida previamente a la contratación del seguro”. Palabras como “inasegurable”, “exclusión” o “denegación” han tenido una presencia importante en las respuestas recibidas por Famma, lo que, a su entender, demuestra que las aseguradoras carecen de sensibilidad ante la persona con discapacidad, además de incumplir la ley.
Ante esta situación, según Famma-Cocemfe Madrid, el colectivo de la discapacidad está abocado a la posibilidad que dan algunas de las aseguradoras de contratar una póliza sin cuestionario de salud, lo que conlleva el pago de una cantidad mucho mayor de dinero como una penalización por tener una discapacidad.
Javier Font, presidente de la entidad, considera que “es muy triste que las personas con discapacidad se tengan que sentir como ciudadanos de segunda cuando intentan la contratación de un seguro privado”.
Fuente/ SERVIMEDIA
Expertoseguros
Escrito por Adrian Couceiro el 13 julio, 2011
El seguro médico es de carácter obligatorio para estudiar y vivir en EE.UU. Estos seguros es conveniente contratarlos a empresas privadas norteamericanas y no es necesario que esperes a llegar a allí, ya que se puede hacer antes de llegar desde tu propio país de origen.


Eso sí, ten presente que el sistema de salud americano es muy caro (necesitas tener una cobertura de al menos 100.000 $) y no todos los gastos médicos quedan cubiertos con la contratación de un seguro privado, como es el caso de los medicamentos.
Ej: un amigo estando de viaje allí en el 2009, se rompió la pierna al caerse de una moto y su operación más los gastos de estancia en el hospital ascendieron a 30.000 $.
Desde mi experiencia y dado lo caro que resulta hacerse un seguro de asistencia sanitaria con un capital tan alto enEspaña, he terminado realizando un seguro con una compañía aseguradora americana llamada FrontierMedex (www.medexglobal.com), con una prima muy buena.

El seguro realizado TravMed Choice (viajes de extranjeros a EEUU), para un 1 mes de estancia a mis 25 años de edad y 100 $ de franquicia, sale por:
= 52,01 $ para 50.000 $ de capital.
= 61,08 $ para 100.000 $ de capital.
= 68,64 $ para 250.000 $ de capital.
La cobertura que ofrece este seguro es:
1- Límite hasta 50.000 $, 100.000 $ ó 250.000 $ (con una pequeña diferencia en la prima).
2- Posee una franquicia de 100 $ o de 250 $, tú decides (en caso de siniestro te harás cargo de los primeros 100 $)
3- Coaseguro hasta los primeros 5.000 $, la compañía pagará el 80% del siniestro y tu te harás cargo del 20%. En adelante la compañía pagará el resto hasta el límite.
4- Importante: cubre los daños que puedas sufrir en caso de catástrofes naturales: terremotos, huracanes, tornados… muy comunes en la costa Oeste (California).
Para consultar el precio de tu seguro, debes pulsar en “Buy Now” para obtener una cotización “Get a Quote”.
Expertoseguros
Escrito por Adrian Couceiro el 13 julio, 2011
Cada vez un mayor número de estudiantes acude en los meses de verano a algún viaje al extranjero para aprender o perfeccionar sus idiomas. Por ello la contratación de seguros de Viaje para estudiantes se ha disparado en el primer semestre del año, especialmente la cobertura de asistencia sanitaria. Un estudio de la cartera de Seguros de Viaje de Mapfre Familiar indica que en los seis primeros meses del año la contratación de estos seguros ha aumentado un 29% y es, además, un 33%superior al año anterior.

Hay que mencionar que es esta una de las pocas compañías que ofrecen exclusivamente un seguro de asistencia sanitaria.
Detalla que la necesidad de asistencia sanitaria supone casi el 60% de los problemas que se producen durante un viaje, por delante de las cancelaciones y la pérdida de equipajes. “El estudio también revela que casi el 60% de los Seguros de Viaje de Estudios tienen como destino los países de Europa (Gran Bretaña y Francia), aunque en los últimos meses se ha registrado un incremento de la demanda hacia Estados Unidos, especialmente a Boston y Nueva York”.
Siete de cada diez clientes que contratan Seguros de Viajes de estudios son universitarios, con edades comprendidas entre los 18 y los 30 años; el 80% de los viajes tienen por objetivo perfeccionar el conocimiento de idiomas. “Junio y julio (meses en los que se realizan esos cursos de mejora) y agosto y septiembre (fechas que coinciden con el inicio de los cursos de formación académica de duración anual) son los meses en los que se produce mayor contratación de Seguros de Viaje de estudiantes”, añade la entidad.
En el caso de Mapfre, señala que la mayoría de los Seguros de Viajes de Estudios de la entidad se contratan en oficinas y un 23% los suscriben los clientes a través del contratador on-line de la entidad, cuya actividad ha aumentado un 5% en los últimos dos años.
Expertoseguros