Archivo por categorial: Seguro de Hogar
Escrito por Adrian Couceiro el 2 noviembre, 2011
¿Qué me cubre el concepto continente y contenido de un seguro de vivienda?
El continente cubre lo daños que se puedan producir en la vivienda, garaje, trastero, elementos fijos, (por ejemplo armarios empotrados), instalaciones…

Por ejemplo, el seguro que cubre el continente nos repararía los desperfectos en el caso de que se mojaran las paredes por una fuga de agua, que se rompiera el cristal de una ventana o que se quemara la pared de la cocina por un descuido mientras cocinamos.
Por otro lado, el contenido abarca los muebles y otros bienes que se encuentran dentro de la vivienda (algunos electrodomésticos, ropa, etc.).
La compañía nos indemnizaría, por ejemplo, si hubiese ocurrido un robo en nuestra casa, compensándonos en función del valor de los objetos sustraídos o nos repararía el crista de la mesa que se nos ha roto, etcétera.
La cobertura de continente y de contenido se pueden contratar por separado y no siempre hay que contratar ambas (a un inquilino le interesará asegurar el contenido y al propietario el continente).
La prima que se paga por un seguro que cubre el contenido será mayor cuanto más valor se dé a los bienes que existen en el interior de la vivienda.
Importante: la cobertura del continente se calcula en función del valor de la vivienda, sin tener en cuenta el valor del terreno.
Por tanto, no hay que asegurar el continente por el precio que hemos pagado por la vivienda!!!
Escrito por Adrian Couceiro el 25 octubre, 2011
Tanto en los seguros de vida individuales como en la práctica totalidad de los contratos de seguros celebrados a distancia (celebrados por internet o por teléfono), se nos reconoce la posibilidad de que
- en un plazo de 14 días para los seguros no vida: S. de coche, S. de salud, S. de desempleo…
- 30 días para S. de vida,
decidir no seguir adelante con la ejecución del contrato.
Esta posibilidad se reconoce igualmente a quienes adquieren un objeto que estaba asegurado por su anterior propietario y en determinados supuestos de disminución del riesgo asegurado,
Se reconoce a los tomadores (quien paga el seguro) el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna siempre que:

- La voluntad de desistir se envíe al asegurador, en papel u otro soporte duradero, en un plazo de 14 días (no vida) o 30 días (vida), a contar desde que se notifique al tomador que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese posterior.
- NO se trate de contratos en los que el tomador asume el riesgo de la inversión o en los que la rentabilidad dependa de la evolución de las inversiones asignadas a los mismos (seguros unit-linked).
- No se trate de seguros de viaje o equipaje de duración inferior a un mes.
- No se trate de seguros de duración inferior al plazo previsto para desistir.
- No se trate de seguros obligatorios para el tomador: seguro de responsabilidad civil del automóvil, seguro del cazador, seguro de incendios para el hogar que esté bajo una hipoteca…
- No se trate de planes de previsión asegurados (contratos de seguro de vida con idéntico funcionamiento y finalidad que los planes de pensiones).
En caso de llevarse a cabo el derecho de desistimiento, hay que pagar a la compañía aseguradora la parte de prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor (los días transcurridos desde la perfección del contrato hasta la fecha en que se notifica el desistimiento).
El plazo para liquidar esta cantidad es, como máximo, de treinta días naturales desde que se notifica el desistimiento.
Ahora bien, si el asegurador no hubiese informado al tomador de la existencia del derecho de desistimiento, o si hubiese comenzado a ejecutar el contrato sin haberlo solicitado el tomador, el tomador no estará obligado a pagar la cantidad a la que hemos hecho referencia anteriormente.
En cualquier caso, para dar de baja el seguro en la siguiente renovación, se debe de notificar por escrito a la aseguradora con más de 2 meses de antelación.
Fuente: Artículo 19 y 11 de la Ley 22/2007 (sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores).
Otros temas:
6 Trucos para ahorrar en tu seguro!
Evita la subida de prima en tu Seguro
Evita la subida de prima en tu Seguro de Salud.
Mapfre reparará 2 electrodomésticos gratis al año con su póliza de Hogar.
Pelayo regalará un año de seguro si no das partes en 2 años.
Expertoseguros
Publicado: 25 octubre, 2011
Categorias: Seguro de Asistencia en Viajes, Seguro de coche, Seguro de Comunidades, Seguro de Crédito, Seguro de Decesos, Seguro de Hogar, Seguro de Protección de Pagos, Seguro de RC, Seguro de Salud, Seguro de viajes, Seguro de Vida, Uncategorized
Etiquetas: Etiquetas: dar de baja, derechos, internet, seguro, teléfono
Escrito por Adrian Couceiro el 31 mayo, 2011
Son tres coberturas las que principalmente diferencian al Seguro de Hogar de Mapfre de su compentencia y aportan valor al usuario:
1- Servicio de Bricolaje en el Hogar:
Generalmente, dentro de la cobertura de Daños por Agua, las compañías no cubren la reparación o ajuste de grifos, llaves de paso, elementos o aparatos sanitarios y sus accesorios, calderas, calentadores, acumuladores, radiadores, aire acondicionado y, en general, de cualquier aparato o elemento conectado a instalaciones fijas.
Sin embargo, Mapfre es la única compañía del sector que se encarga de realizar trabajos de mantenimiento o decoración de la vivienda. El servicio incluye 2 intervenciones en el año (S. Hogar Familiar o Total) o 3 intervenciones en el año (para el S. Hogar Platino): es decir la compañía se haría cargo de los desplazamientos y tres horas de mano de obra en cada visita.

Desde la sustitución de una cisterna, hasta la colocación de cortinas o estores, montajes de muebles kit y estanterías y un largo etc
• Colocación de accesorios de baño y cocina.
• Cambios de mecanismo de cisterna.
• Sellado de juntas deterioradas de bañera.
• Sustitución de grifos o instalación de uno nuevo donde exista toma de agua.
• Instalación o sustitución de lámparas, apliques donde existan puntos de luz.
• Montaje de muebles kit, colocación de estanterías.
• Instalación de cortinas, visillos, estores.
• Colocación / fijación de cuadros, espejos o figuras decorativas adosadas a paredes.
• Sustitución de enchufes o interruptores de luz por otros diferentes (sin cambios de ubicación).
• Puesta en marcha, conectividades y configuración del equipamiento tecnológico: TDT, DVD, Cámara Digital, Home Cinema, Video Digital, Ordenadores, TV y Vídeo Consolas.
2- Protección de recibos:
En caso de desempleo (trabajadores cuenta ajena) o Incapacidad Temporal (trabajadores autónomos y funcionarios), durante al menos tres meses, se abonará al cliente tanto el recibo del seguro como el Impuesto Bienes Inmuebles.
3- Todo Riesgo Accidental:
Esta cubierto cualquier hecho fortuito que produzca daños en los bienes asegurados, superiores a 100€, así como la Asistencia sanitaria urgente por accidentes domésticos.
Escrito por Adrian Couceiro el 9 febrero, 2011
Existe una reciente asociación de asegurados americana, denominada Policyholders of America (POA), ww.policyholdersofamerica.org, la cual ha lucha para cambiar algunas cosas a favor de los asegurados desde su página web.

Fue hace unos días, cuando Miguel Benito nos dio a conocer esta asociación en su blog Devenir Aleatorio, en la que nos cuenta la historia que hay detrás de los fundadores y los motivos que llevaron a cabo para crearla.
En la página web de dicha asociación encontramos “consejos”:
- qué hacer cuando una reclamación no va bien,
- las obligaciones que implica ser un asegurado
- respuestas para las preguntas más comunes (FAQ),
así como “iniciativas”:
- como llegar a un acuerdo con la Asociación de Diseñadores de Interiores (ASID), para que te salga más barato reconstruir tu casa.
Sin duda el tono que utilizan y sus comentarios no son para nada “amistosos” con las compañías de seguros, propiciado por la nefasta política de las compañías de seguros de “regatear” la indemnización.
Finalmente, Miguel de Benito deja en el aire la posibilidad de que se cree una asociación así en España.
Por mi parte, decir que lo más parecido que conozco aquí es Arpem, una página donde te informan perfectamente del funcionamiento de los seguros de coches y motos, donde se informa al usuario sobre la calidad de las pólizas en vigor y su precio y se venden pólizas sin cobrar ninguna comisión al asegurado.
Expertoseguros
Publicado: 9 febrero, 2011
Categorias: Mercado de seguros, Reclamaciones, Seguro de Asistencia en Viajes, Seguro de coche, Seguro de Comunidades, Seguro de Crédito, Seguro de Decesos, Seguro de Hogar
Etiquetas: Etiquetas: arpem, asegurados, asociación, consejos, derechos, Estados Unidos, iniciativas, seguros
Escrito por Adrian Couceiro el 2 febrero, 2011
Con nuestra póliza de hogar/comunidades/comercios, en caso de que se la compañía de seguros lleve a cabo una reparación, la compañía puede simplemente no repararlo acorde con la decoración de la habitación, salvo que se posea la cobertura de DAÑOS ESTÉTICOS.
Por ejemplo, tras la reparación de una avería en una tubería del agua, han tenido que cambiar parte de la solería de gres de la cocina y alguna que otra baldosa de la pared.
En principio, la compañía de seguros ha cometido su función, es decir; reparar la avería de la tubería y reponer las baldosas del suelo y pared.
Sin embargo, la compañía de seguros no esta en la obligación de poner las mismas baldosas que tenía antes. En este caso, se ha producido un DAÑO ESTÉTICO, porque las baldosas puestas ya no son iguales a las originales y la diferencia se nota.

Esta cobertura lo que pretende es subsanar este posible imprevisto, y por tanto, aportar soluciones estéticas para que el diseño del conjunto afectado no se vea mermado.
Generalmente, el mínimo es de 1.200 €, siendo mayor en caso de que la vivienda posea materiales de altas calidades o de lujo.
Tenemos la posibilidad con esta cobertura de contratar los servicios de un profesional externo para ejecutar dicho servicio, hasta el límite de la cobertura, siempre que previamente un perito de la compañía acepte un presupuesto de otro profesional o realice una valoración.
Algunos ejemplos de cómo se aplica esta cobertura:
Ejemplo 1
Ejemplo 2
Expertoseguros
Comentarios Recientes