Buscar:

Archivo del mes: diciembre, 2009

Axa Autos: Servicio Integral para accidentados.


Siempre he pensado que las compañías de seguros, cuando hacen publicidad, deben ligar su marca a emociones para que se den mejor a conocer.

Ahora Axa ha sacado un anuncio sobre su Servicio Integral de accidentados, a través del relato de las propias víctimas. Aqui van algunos:

¿Qué implica este Servicio Integral?

Apoyo legal: ofrecen a todas las víctimas del siniestro, llevar su caso a través de nuestros abogados. En este caso, entiendo que la víctima podrá hacer uso del abogado, siempre que no vaya contra el cliente-asegurado (conflicto de intereses). Ej: reclamaciones al Estado por las condiciones de la carretera…

Apoyo económico: ofrecen a las víctimas, tanto del coche contrario como del de nuestro asegurado, el adelanto de hasta el 75% de la indemnización en un plazo de quince días tras recibir el primer informe médico.

Apoyo médico y psicológico: Todas las víctimas reciban la visita de un médico y si el asegurado-cliente es el conductor responsable del accidente, asumen los costes médicos o psicológicos de todas las víctimas, independientemente de la duración del tratamiento. Asimismo, la familia de la víctima recibirá apoyo psicológico si fuera necesario.

Estas coberturas no son nuevas, prueba de ello es que otras compañías ya las tienen desde hace tiempo, especialmente la ayuda psicológica. Pincha encima y verás:

a) Línea Directa (Slide 16): Apoyo legal, económico, médico y psicológico, similares a los de AXA. Ejemplo

b) Mapfre

c) Liberty

d) Genesis

e) Mutua Madrileña y otras …

¿Qué ofrece de distinto Axa?

En un intento de llegar más allá con este asunto, pone a disposición de todas las víctimas tratamientos médicos y psicológicos sin límite de tiempo así como ayuda a una reinserción laboral, gracias a acuerdos con asociaciones (como la AESLEME, para la atención a lesionados medulares) y colegios, como otros acuerdos de colaboración como el de Fundosa-Once. Para más información pinche aquí.


Recibo del seguro en mi coche


Siempre me habían dicho que debía llevar el recibo del banco como justificante de pago del seguro obligatorio del coche. Es mas, la multa rondaba unos 60 €.

Pues hoy todavía sigue siendo así, en virtud del artículo 14, apartado 3 del Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil (RD 1507/2008).

La novedad es que se evita pagarlos 60€, gracias al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) y al procedimiento que recoge la DGT en la Instrucción DGT 08/V-77; S-101.

¿Y cuál es ese procedimiento que sigue la Guardia Civil?

En todos aquellos casos en que sea posible, consultará el Registro de Vehículos (FIVA) para verificar la existencia de seguro obligatorio. Si esto no fuese posible, entonces nos solicitará el recibo de pago en caso de que lo llevamos en el coche.

a) En caso de que lo aportemos, se entenderá cumplida la obligación.

b) Si lo no llevamos encima, la benemérita formulará denuncia por “circular careciendo del seguro obligatorio”. Pero no nos preocupemos, porque la Jefatura de Tráfico que reciba la denuncia, antes de iniciar el procedimiento, deberá realizar una consulta al Registro de Vehículos. Si nuestro vehículo tenía seguro en vigor, dictará resolución de archivo de la denuncia.

Sin duda, alegra pensar que ellos van a buscar si estamos o no asegurados.

A parte de ser una locura ir sin el seguro obligatorio, ¿Que infracción implica no tenerlo?

Para un coche la multa estará en 1.500€ y la pérdida de 4 puntos de carnet.

CONCLUSIONES:

- A pesar de este procedimiento, yo les recomiendo que sigan llevando el recibo en el coche, con el fin de evitar posibles incomodas esperas mientras la Guardia Civil intenta contactar con el FIVA o soportar el riesgo que siempre implica que te pongan una denuncia.

- Por otra parte, supondrá una oportunidad para revisar y mejorar la base de datos del FIVA, pues como toda gran base de datos, es normal que tenga datos erróneos u omisiones.

Otros temas:

¿Deben avisarnos de la subida de precio del seguro?

Darse de baja del seguro

Reclamaciones a las compañías de seguros!

Modelo de Carta de Anulación

6 Trucos para ahorrar en tu seguro

Evita la subida de prima en tu Seguro

Evita la subida de prima en tu Seguro de Salud.


Un agente de seguros comete más de 200 estafas en Asturias.


Según Europa Press, los Agente de la Policía Nacional detuvieron el día 2 de Diciembre a un agente de seguros presunto autor de más de 200 estafas llevadas a cabo de forma “masiva y continuada” en la zona de la cuenca minera de Asturias.

El susodicho agente de seguros vinculado, cobraba a domicilio los recibos de su seguro, para “falicitarles las cosas” a sus clientes, sin llegar a entregárselo a su compañía.

Quizá ya hayamos oído hablar de algún fraude como éste, sin embargo se trata de casos puntuales.

Desde aqui, quiero recomiendar con toda sinceridad que siempre es mejor que contratemos una póliza con un agente o corredor su seguro, porque:

a) éste siempre le aconsejará sobre las cobertura que más le conviene,

b) le tendrá informado sobre la situación de sus siniestros y

c) en general, hará que se sienta mejor informado sobre sus derechos en caso de que disconformidad con la aseguradora.

Eso sí, yo antes intentaría tener referencias sobre dicho mediador a través de otras personas, para saber cómo trabaja.

presunto autor de más de 200 estafas llevadas a cabo de forma “masiva y continuada” en la zona de la cuenca minera de Asturias.a

¿Qué os parecen los cambios de la Ley de Economía Sostenible?


Con la voluntad de dar un impulso a la economía y mejorar tanto la transparencia del sector seguros como la protección del consumidor, el actual Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, que ahora mismo se debate en las Cortes, modificará muchas de las normas sustanciales del sector incluidas en la LOSSP, la Ley de Mediación y la Ley de Contrato de Seguro. Paso a resumir los puntos más importantes:

1.- El cliente tendrá derecho a pedirle al mediador cual es la comisión que cobra por la venta de su seguro, a partir del 2014.

2.- Los auxiliares externos podrán realizar más funciones a partir de 2012, en concreto:

  • Podrán prestar asistencia en la gestión, ejecución y formalización de contratos o en caso de siniestro en el supuesto de que acrediten: el auxiliar-asesor persona física y al menos la mitad del las personas que integran el órgano de dirección de las personas jurídicas, tener conocimientos adecuados…

3.- Las *agencias de suscripción podrán trabajar para varias entidades.

(*¿Y qué es una agencia de suscripción?

Son representantes de compañías de seguros en otro país de la Comunidad Europea. No se entenderán por tanto que son mediadores de seguros ni de reaseguros. Por tanto, realizan operaciones por cuenta y en nombre y representación de la aseguradora. Cuando la aseguradora a la que representan es un sindicato del LLoyds, suelen ofrecer al mercado seguros para riesgos muy concretos: S. para obras de arte, S. de colecciones, S. de coches antiguos, S. de RC para determinados colectivos… )

Se amplía la poca regulación existente hasta ahora  sobre las agencias de suscripción en la Ley de Mediación: condiciones de acceso, régimen de funcionamiento…

4.- Mayor información al cliente de Vida.

  • En seguros de Vida en que el tomador asume el riesgo de la inversión (conocido como seguros Unit-Link), se informará de forma clara y precisa  que el importe que se va a percibir depende de fluctuaciones en los mercados financieros, ajenos al control del asegurador y cuyos resultados históricos no son indicadores de resultados futuros.
  • En seguros de vida en que el tomador no asuma el riesgo de la inversión se informará de la rentabilidad esperada de la operación considerando todos los costes. La rentabilidad esperada se calculará en los términos que se establezcan reglamentariamente.

5.- Mayor información al cliente de Decesos y Enfermedad.

Antes de la celebración de un contrato de Decesos o Enfermedad, en cualquiera de sus modalidades, la aseguradora deberá informar al tomador sobre los criterios a aplicar para

a) la renovación de la póliza y

b) la actualización de las primas en periodos sucesivos,

en los términos que se determinen reglamentariamente”.

6.- Libertad de elección por el asegurado en caso de que la prestación sea un servicio.

  • El asegurador deberá poner a disposición del asegurado, de forma fácilmente accesible, una relación de prestadores que garantice una efectiva libertad de elección.

VIA: Carta del Mediador

o en caso de siniestro en el supuesto de que acrediten, el auxiliar-asesor persona física, y al menos la mitad del las personas que integran el órgano de dirección de las personas jurídicas, tener conocimientos adecuados,o en caso de siniestro en el supuesto de que acrediten, el auxiliar-asesor persona física, y al menos la mitad del las personas que integran el órgano de dirección de las personas jurídicas, tener conocimientos adecuados,

Cómo cubrir el Parte amistoso.


Tras darnos un golpe con otro vehículo, rellenar un parte amistoso  nos puede traer muchas ventajas: deja bastante claro las principales circunstancias del golpe, según el movimiento que hayan hecho los vehículos se establece un culpable y reduce el tiempo de tramitación considerablemente, en beneficio de sus asegurados.

Según un estudio de Línea Directa, 2 de cada 3 conductores no han sabido rellenar correctamente los partes de siniestro de automóvil.

Por eso, Jaumet en su blog: Impresiones del seguro, ha escrito un magnífico artículo que nos explica Cómo se debe cubrir un parte amistoso.

Por último recordarles que siempre es importante llevar un parte amistoso en la guantera, al igual que es obligatorio llevar el último recibo conforme hemos pagado la prima de seguro.

 

Más Enlaces

Este blog funciona gracias a WordPress | Un blog de Seguros Red | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

Analizamos Seguros y Aseguradoras | Publicaciones especializadas en Seguros