Una persona querrá hacerse un Seguro de Vida cuando:
1.- Quiera Ahorrar un dinero al mes, para obtener una renta o capital en su Jubilación y así complementar la pensión de la Seguridad Social (Seguro de Vida Ahorro). Los PPA y PIAS, con unas importantes ventajas fiscales, garantizan una rentabilidad mínima con independencia del comportamiento de los mercados financieros, siendo la principal competencia al Plan de Pensiones.
Los PIAS poseen una mayor liquidez (pasados 10 años desde la primera aportación), respecto a la iliquidez del Plan de Pensiones y del PPA (sólo se podrá cobrar la prestación por Jubilación, Fallecimiento o por circunstancias espciales: Desempleo de larga duración, Enfermedad grave, Invalidez permanente total o superior y Dependencia severa o gran dependencia).

2.- Quiera proteger a su familia económicamente, en caso de que se quede inválido o fallezca por un accidente o enfermedad (Seguro de Vida Riesgo). Ej: Seguro de Vida escolar o universitario por el cual se cubrirán los gastos de los hijos que estén estudiando, Seguro de Amortización de Préstamos por el cual la compañía aseguradora paga el capital pendiente de amortizar del préstamo o hipoteca al Banco…

Existen Seguros Individuales (1 asegurado) y Colectivos (1 tomador y más de 1 asegurado) Ej: Empresario paga la prima y asegura a todos sus trabajadores, derivado del Convenio Colectivo.
Los seguros Colectivos permiten obtener primas más baratas por cada asegurado, porque al incluirse a todos los miembros del colectivo la siniestralidad es menor pues se evita la antiselección de riesgos, administrativamente es más sencillo de gestionar, porque hay que cobrar 1 recibo a un tomador y el esfuerzo comercial es mucho menor (Dirección de RR.HH.).
¿Qué requisitos necesita para ser un Seguro Colectivo?
Debe existir un vínculo en común previo entre el tomador y los asegurados para que haya un Seguro Colectivo: una relación laboral, asociaciones y clubes, colegios, institutos…

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